Naturaleza Publica

COMVI 01-10-2021
Resumen COMVI
En Sevilla, 1 de octubre de 2021
Orden del día:
1. Escrito de fecha 16/10/2020, de UITA, sobre interpretación art.94, apartado 8 Convenio Colectivo
La RA: El TSJA ya se pronunció ante una demanda de 2020, la demanda se desestimó en su momento.
La sentencia indicaba que los AG no hacen funciones de teleoperador. Cualquier cambio al respecto dependerá de lo que se negocie en el nuevo Convenio Colectivo. En cualquier caso desde la RA se va a estudiar en qué centros y casos concretos se puede estar dando esto, que no debería ocurrir porque se ha determinado en cada centro de trabajo qué trabajador tiene qué funciones.
CCOO: La sentencia habla de quienes realicen funciones de teleoperador de forma eventual, no de quienes lo hacen de forma habitual. Por parte de CCOO entendemos que no se puede aludir al proceso negociador que aún no está abierto para no solventar los conflictos que ya se vienen produciendo.
2. Escrito de fecha 21/10/2020, de UITA, sobre promoción técnico de operaciones que se vieron afectados por el
Acta Final del I Convenio Amaya.
RA: Sobre los TOP a los que no se les aplicó la Disposición Transitoria 3ª era porque no tenían más de 12 años en el mismo puesto, se entiende que no les correspondía.
CCOO: Por parte de CCOO defendemos que por el cambio de convenio de INFOCA a estructura, no cambiaron de puesto de trabajo, sino de Convenio, por lo que les correspondía ese cambio de categoría en la primera tanda y por lo tanto cabe la compensación económica.
Finalmente se acuerda por parte de UITA realizar una consulta a Regeneración con la RA al respecto.
3. Escrito de fecha 11/02/2021, de UGT, sobre concesión a trabajadores que no hayan podido descansar de forma íntegra su día establecido de descanso, por causa derivada de haberse excedido la jornada del día anterior.
El trabajador que por exceso se jornada se mete en el día de descanso, se está dando el la compensación de exceso de jornada, pero no da derecho a un nuevo día de descanso. La RA entiende que si se dan las horas de compensación a 2X1, pero no al día de descanso. Desde la RT no se está de acuerdo, porque el día de descanso debe disfrutarse. Por parte de la RA se entiende que cualquier cambio de interpretación requiere de una nueva negociación de Convenio.
4. Cómputo anual de horas.
RT: En Sevilla se está aplicando un cómputo anual de horas para generar los cuadrantes. Se meten en cuadrante los días de asuntos propios y compensación para ajustar ese cómputo de horas. RA: Se tratará el tema con la OP de Sevilla
5. Vigilantes – Días adicionales de vacaciones
RT: Los vigilantes, echan un exceso de horas porque su punto de inicio de jornada es su punto de vigilancia, no es el punto de encuentro como los retenes. Esto se viene compensando por día de vacaciones y en función de la distancia. En algunos casos, sólo se les están contabilizando los kilómetros de hora y no los de vuelta.
RA: No se paga por kilómetros, sino por tramos.
6. Horas en Guardia no presencial
La RA: Cuando se está en guardia no presencial y se active al trabajador, se deberán sumar a las 8 horas de trabajo que voy a echar otras 8 horas, porque la guardia no presencial es jornada de trabajo.
RT: Cuando se activa al final del día, se da entrada en ese día y se comienza a contabilizar una jornada de trabajo.
Cualquier cambio depende de una nueva negociación de convenio.
7. Escrito de fecha 06/08/2021, de CGT, sobre interpretación art.42 y art 43 Convenio Colectivo.
La RT plantea que a los preparadores deben, tras las sesiones, indicar en Peoplesoft si el trabajador está apto o no apto. Eso no lo recoge el Convenio porque para eso están las pruebas que están reguladas de una manera concreta y para momentos puntuales.
RA: Se hace lo mismo que antes, que se venía dando un código de colores verde, amarillo y rojo.
Se acuerda que se debe acoger a lo recogido toda instrucción y el convenio recoge como es el paso a NO APTO, que no debe confundirse con los no aptos de peoplesoft.
8. Escrito remitdo por el Personal de las RRICAS, de fecha 8/09/2021, dónde se solicita sea tratado en el seno de la COMVI la gestón y el funcionamiento de la RRICA debido a los nuevos medios aéreos implantados
«Superpumas», todo ello en relación a lo dispuesto en los artculos 55.2, 6 y 9 del vigente convenio colectvo.
Por parte de CCOO entendemos que se han modificado las condiciones de trabajo de las BRICAS y conforme al artículo 15 del convenio, debe negociarse con la representación sindical la nueva organización que se quiera plantear por parte de la SIFE.
Por la reorganización del trabajo sólo hay un turno de trabajo, por lo que hay cambios de en las condiciones de trabajo y lo recogido en convenio.
La RT entiende que cumple con lo recogido en los artículos 55.6, 55.2 y 55.9.
9. Escrito de fecha 21/09/2021, de CGT, sobre contratación temporal.
La RT entiende que todos los contratos deberían ser conforme al código 410 que son contratos de interinidades. La RA no lo comparte
10. Abono de Pernoctas
La RT plantea que toda pernocta no programada ni prevista y debe pagarse. La RA entiende que es así e indica que se solucionarán los casos en los que no se haya hecho así. Como el convenio recoge 2 pernoctas, se entiende que la tercera deberá abonarse.
11. Escrito de fecha 05/07/2021, de CCOO, sobre aplicación del art.50 en relación al art.93 del convenio colectivo
Desde CCOO se entiende que no se está pagando de manera correcta a quienes pasan a continuidad laboral.
Por parte de la RT se entiende que se consolidan SB y el CN a eso se le suma el CP y CE. Y no se está de acuerdo en que una persona en segunda actividad cobre lo mismo que el que no ha pasado a continuidad laboral.
12. Distancia de Desplazamiento
La RT entiende que no se está aplicando bien en varios CEDEFO ya que se está desplazando al personal en vehículos de empresas, habiendo pasado a continuidad laboral, a más de 100km. La RA estudiará donde no se está cumpliendo porque se acordó así en la Comisión de 2ª actividad.
13. Pago de Desplazamiento.
Se verán los casos concretos de incumplimiento.
14. Salario Consolidado.
Se verán los casos concretos de incumplimiento
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