Como podéis observar en el acta, el único sindicato que defiende que los compañeros y compañeras que aun sin formación específica, puedan acceder a puestos de nivel superior acreditando que tienen experiencia similar o equivalente en el puesto es CCOO AMAYA, algo que recoge nuestro convenio en su articulo 23. 8.
«Articulo 23. 8.Para puestos del Grupo II, Grupo III y Grupo IV, las convocatorias de puestos a cubrir se realizará con el requisito de la titulación correspondiente al grupo profesional. En caso de que el puesto quedara desierto, se realizaría una nueva convocatoria en la que se valoraría la experiencia equivalente al puesto a cubrir. Si tras esta convocatoria tampoco se cubriera el puesto, se procederá a una tercera convocatoria valorando la experiencia similar en el puesto.»
Esto es un incumpliendo del convenio que perjudica a todos aquellos compañeros y compañeras que tenían la posibilidad de promocionar acogiéndose a este articulo y no lo harán, compañeros del medio natural que aun sin la formación mínima en verano son reubicados por la empresa al dispositivo INFOCA o todos los sustitutos de jefe de grupo que no tienen la formación requerida para promocionar y que lo podrían hacer mediante este procedimiento.
Desde CCOO no entendemos que después de 2 años aun no se haya elaborado el protocolo para regular este artículo, esta dejadez y poca ganas de trabajar solo puede obedecer a 2 motivos, o siguen pensando que estos compañeros que realizan estas funciones por decisión de la empresa, son puestos que se asignaron a dedo o creen que no están capacitados para realizar esos trabajos.